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Artículo 3 de la Ley 2.795

Concede varios suplementos al ministerio de hacienda;i la suma de $ 100,000 para el pago de cuentas;pendientes, i deduce el gasto de un item del;presupuesto.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23503 / 8275602.

Texto oficial

ART. 3.°- Se dejará sin invertir la cantidad de $ 210.000 consultada en el item 1,758 del Presupuesto de Hacienda, para intereses del cinco por ciento i amortizacion del dos por ciento de la emision de tres millones de pesos autorizada por la lei N.° 1,858, de 19 de Febrero de 1906, gratificacion que la misma acuerda a los jefes, oficiales i soldados que hicieron la campaña de 1879-1884.