Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 2.805

Concede varios suplementos al ministerio de guerra i deja sin invertir una parte de los item que se consultan en la lei de presupuestos para sueldos de los soldados i conscriptos.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23513 / 8275616.

Texto oficial

Artículo 3.°.- De los item 50 i 51 del Presupuesto de Guerra se dejarán sin invertir las cantidades de 860,240 00 i 239,760.00 respectivamente.