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Artículo CUARTO transitorio de la Ley 19.999

Establece normas relativas al mejoramiento de la gestion institucional del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 235374 · idParte: 8652172

Texto oficial

Artículo cuarto.- Facúltase al Presidente de la República para que, dentro del plazo de un año contado desde la fecha de publicación de esta ley, mediante decretos con fuerza de ley expedidos por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores, fije el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 161, de 1978, Estatuto Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores, y del decreto con fuerza de ley Nº 33, de 1979, Estatuto del Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, ambos de esa Secretaría de Estado.