Saltar al contenido

Artículo 2 TRANSITORIO del Decreto 265

Aprueba reglamento para la constitución del consejo del arte y la industria audiovisual

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 235421 · idParte: 6515694

Texto oficial

Artículo 2º Transitorio.- Una vez efectuados los nombramientos y designaciones señalados en el artículo 3º del presente Reglamento, el Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes procederá a convocar a la sesión constitutiva del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual.