Texto oficial
Artículo 64.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 1º transitorio, derógase la ley Nº 19.366. Toda
referencia legal o reglamentaria a dicha ley debe entenderse
hecha a esta ley.
Sustituye la ley nº 19.366, que sanciona el trafico ilicito de estupefacientes y sustancias sicotropicas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 235507 / 8652259.