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Artículo 23 de la Ley 2.883 · Reforma la lei de elecciones

Reforma la lei de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23565 / 8828991.

Texto oficial

ART. 23 La junta inscriptora debe inscribir en el rejistro de electores de la subdelegacion respectiva a los ciudadanos chilenos varones que los soliciten i que reunan los siguientes requisitos: 1.° Veintiun años de edad; 2.° Saber leer i escribir; i 3.° Residir en la subdelegacion respectiva.