Texto oficial
ART. 23 La junta inscriptora debe inscribir en el rejistro de electores de la subdelegacion respectiva a los ciudadanos chilenos varones que los soliciten i que reunan los siguientes requisitos:
1.° Veintiun años de edad;
2.° Saber leer i escribir; i
3.° Residir en la subdelegacion respectiva.