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Artículo SEGUNDO transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija planta de personal para la superintendencia de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 235920 / 7318180.

Texto oficial

Artículo segundo. Los requisitos establecidos para el personal de las respectivas plantas no serán exigibles para el encasillamiento y promoción en cargos de planta, según corresponda, a los funcionarios que a la fecha de disponerse su traspaso, ocupaban un cargo en calidad de titular en la Superintendecia de Instituciones de Salud Previsional. Tampoco serán exigibles tales requisitos a los funcionarios que a la fecha indicada tenían la calidad de contratados.