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Artículo 1 de la Ley 6.236 · Modifica la ley n.o 4,054

Modifica la ley n.o 4,054

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 236230 / 7318544.

Texto oficial

Artículo 1.o Substitúyese la frase: "Uno por ciento, que figura en el inciso 1.o del artículo 12 de la Ley 4,054, por la siguiente: "uno y medio por ciento".