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Artículo 2 de la Ley 6.236 · Modifica la ley n.o 4,054

Modifica la ley n.o 4,054

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 236230 / 7318545.

Texto oficial

Artículo 2.o La tercera parte del producto total de la cuota fiscal se destinará, íntegramente, a los servicios de la madre y del niño.