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Artículo 157 del Decreto Con Fuerza de Ley 29

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 18.834, sobre estatuto administrativo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 236392 / 8652529.

Texto oficial

Artículo 157.- La responsabilidad administrativa del funcionario se extingue: a) Por muerte. La multa cuyo Ley 18.834, pago o aplicación se encontrare pendiente a la fecha de Art. fallecimiento del funcionario, quedará sin efecto; 151. b) Por haber cesado en sus funciones, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 147; c) Por el cumplimiento de la sanción, y d) Por la prescripción de la acción disciplinaria.