Fija durante el año 1915 el sueldo del personal del ejercito i modifica el de los tenientes de la armada reduce i suprime algunas gratificaciones reduce las pensiones de retiro dispone que los oficiales que percibieren otra renta fiscal gozaran solo de la mitad de la pension de retiro, esceptuando a los que hicieron la campaña del pacifico, i establece que en lo sucesivo se pagaran las pensiones desde la fecha del decreto respectivo, a escepcion de las que se indican.
ART. 11. Las gratificaciones que señalan a los oficiales de guerra i mayores de la Armada los artículos 28 i 32 de la misma lei se reducirán a las dos terceras partes; i a un quince por ciento la de veinticinco por ciento que establece el artículo 29.