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Artículo 13 de la Ley 3.004 · Reforma la lei consular

Reforma la lei consular

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23661 / 5954720.

Texto oficial

ART. 13.- Los funcionarios consulares rentados son empleados públicos, i para los efectos de su jubilacion se rejirán por las leyes respectivas, computándose cada libra esterlina a razon de diez pesos moneda corriente.