Texto oficial
ART. 3°- Esta lei rejirá desde el dia de su publicacion en el Diario Oficial.
Esceptua a los indijenas radicados en comunidad del pago de la contribucion fiscal de haberes i les condona las cantidades que adeuden de esta contribucion.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23668 / 5954756.