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Artículo 1 de la Ley 5.563 · Crea la direccion superior del teatro nacional

Crea la direccion superior del teatro nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 236732 / 8372546.

Texto oficial

Artículo 1.o Créase la Dirección Superior de Teatro Nacional, con el objeto de propender al desarrollo en todo el país de la producción y la representación de las obras del teatro chileno, por los medios que se establecen en la presente ley, y principalmente: 1. Por el otorgamiento de premios en dinero, repartidos anualmente a las mejores obras teatrales de autores nacionales, hayan sido o no estrenadas. Los premios a las obras no estrenadas se discernirán en un concurso. 2. Por el otorgamiento, asimismo, de premios en dinero a los conjuntos artísticos formados por aficionados obreros que, a juicio del Consejo Directivo del Teatro Nacional, sean acreedores a tal recompensa en atención a la calidad de la obra cultural que realicen y a la continuidad con que la lleven a cabo. 3. Por la enseñanza del arte escénico y la escenografía. 4. Por la contratación u organización permanente de compañías teatrales formadas, en su mayoría o totalidad, de artistas chilenos que representen o ejecuten obras dramáticas o musicadas de autores nacionales u óperas de autores chilenos o extranjeros, cantadas por artistas chilenos. El Consejo tendrá, además, a su cargo el control y vigilancia del correcto funcionamiento de las demás compañías de espectáculos públicos pagados y la obligación de amparar a los artistas nacionales o extranjeros en sus derechos con relación a las empresas que les hubieren contratado. Los permisos para el funcionamiento de las compañías teatrales se otorgarán por las autoridades respectivas, previo informe de la Dirección Superior del Teatro Nacional.