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Artículo 25 de la Ley 5.563 · Crea la direccion superior del teatro nacional

Crea la direccion superior del teatro nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 236732 / 8372570.

Texto oficial

Art. 25. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior los jueces de letras allí indicados, conocerán en única instancia, de las cuestiones siguientes: a) Infracciones a los artículos 7.o, 14, 15 y 17; b) Fijación de la cuantía y forma de pago de la renta del arrendamiento de los teatros y demás condiciones de funcionamiento a que se refieren los artículos 8.o y 9.o. Es facultativo para el Consejo, celebrar o no el contrato en las condiciones que determine el fallo del juez.