Texto oficial
Art. 28. Se exceptúan de las disposiciones de esta ley los Conjuntos Teatrales Obreros o Escolares, cuyas representaciones se efectúen en los locales sociales o escolares, en forma gratuita o de beneficio social.
Crea la direccion superior del teatro nacional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 236732 / 8372573.