Texto oficial
ART. 3.°- Se autoriza la invesion de la suma de cuarenta mil pesos ($ 40,000) en la publicacion de las sesiones de la Cámara de Diputados, en la prensa diaria, debiendo hacerse ella en estracto.
Concede un suplemento para gastos de secretaría de la cámara de diputados; i autoriza la inversion de $ 40,000 en la publicacion estractada de las sesiones de la misma cámara
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