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Artículo 1 de la Ley 15.716

Declara feriado legal el dia 2 de octubre de 1964, en la ciudad de rancagua y dispone fondos para habilitar el hospital de rancagua

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 236836 / 6520997.

Texto oficial

Artículo 1.o- Declárase feriado legal el día 2 de Octubre, en la ciudad de Rancagua.