Texto oficial
Artículo 4.o- Hecha la expropiación por la Municipalidad de Machalí, ésta entregará los terrenos en usufructo a los pobladores de la comuna, constituidos éstos en una Cooperativa Agrícola con personalidad jurídica y que procederá a elaborar un reglamento especial sobre la Administración de los Cerros Comunes.