Texto oficial
ART. 4.°- La construccion de los edificios se contratará por propuestas públicas, sobre la base de planos i presupuestos previamente aprobados por el Presidente de la República.
Autoriza la emision de $ 10.000,000 en bonos para destinarlos a la edificacion de escuelas publicas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23710 / 5954907.