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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 31

Aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 18.525, que establece normas sobre importacion de mercancias al pais

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 237264 / 7319532.

Texto oficial

Artículo 2º.- Forman parte de esta ley los derechos de Ley 18.525, Art. 2º aduana establecidos para las distintas clases de mercancías en el texto oficial del Arancel aprobado por decreto de Hacienda Nº 679, de 1981, publicado en el Diario Oficial de 14 de diciembre de 1981, y sus modificaciones posteriores, así como los derechos que den aplicación al Tratado de Montevideo de 1980, que estableció la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). Asimismo, forman parte de esta ley las reglas generales Ley 18.908, Art. para la interpretación de la nomenclatura arancelaria, las único Nº 1) reglas generales complementarias, las reglas sobre las unidades y los envases, las reglas sobre procedimiento de aforo y las Notas de cada partida contenidas en el Arancel a que se refiere el inciso anterior.