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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 341

Decreto con fuerza de ley n.o 341

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 237376 · idParte: 9053246

Texto oficial

Artículo 1.o El Consejo Superior de Fomento Equino, constituirá persona jurídica de derecho público, y mantendrá sus relaciones con los demás organismos del Estado por intermedio del Ministerio de Guerra.