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Artículo PRIMERO de la Ley 3.192

Dispone que en el año 1917 se hara en el mes de febrero la publicacion del cuadro de las patentes a que se refiere la lei num. 3,165, i autoriza a las municipalidades para cobrar las patentes durante el primer semestre del año 1917 en conformidad al rejimen vijente antes de la promulgacion de la lei num 3,165

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23798 / 8276043.

Texto oficial

ARTICULO PRIMERO.- Las publicaciones ordenadas en el inciso 3.° del artículo 6.° de la lei núm. 3,165, de 22 de Diciembre de 1916, se harán por el presente año en el mes de Febrero.