Texto oficial
Art. 4.o Los establecimientos destinados al expendio de bebidas alcohólicas estarán sujetos al pago de una contribución municipal de patente, que será fijada en conformidad a lo que establece la Ley de Rentas Municipales.
Decreto con fuerza de ley numero 239
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 238131 / 8855328.