Texto oficial
Art. 55. El cumplimiento de todas las disposiciones relativas al ebrio consuetudinario, estará bajo el control de la Inspección General del Trabajo, en la forma que lo determine el Reglamento.
Decreto con fuerza de ley numero 239
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 238131 / 8855379.