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Artículo 6 de la Ley 6.610

Modifica la ley n.o 6,334, que crea las corporaciones de fomento de la produccion y de reconstruccion y auxilio

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 238133 · idParte: 7320437

Texto oficial

Artículo 6.o Agrégase al artículo 8.o de la ley N.o 6,334, el siguiente inciso: "El Presidente de la República fijará las tasas de las comisiones que se deben pagar por los servicios a que se refiere el presente artículo y el anterior".