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Artículo 6 de la Ley 7.529

Autoriza al presidente de la república para invertir la suma de $ 3.500,000, con motivo del bicentenario de la ciudad de rancagua

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 238135 / 7320465.

Texto oficial

Artículo 6.o Autorízase la erección de un monumento al fundador de la ciudad de Rancagua, don José Antonio Manso de Velasco, con los fondos que han sido donados para el objeto, por la colonia española de esa ciudad.