Texto oficial
Artículo 5º.- El personal de empleados de los
Juzgados de Letras del Trabajo que se crean por esta ley,
tendrán los grados de la Escala de Sueldos Bases Mensuales
del Personal del Poder Judicial, que a continuación se
indican:
1) Jefe de Unidad de Juzgado de Letras del Trabajo de
asiento de Corte, grado IX del Escalafón Superior del Poder
Judicial.
2) Jefe de Unidad de Juzgado de Letras del Trabajo de
capital de provincia, grado X del Escalafón Superior del
Poder Judicial.
3) Administrativo Jefe de Juzgado de Letras del Trabajo
de asiento de Corte, grado XI del Escalafón de Empleados
del Poder Judicial.
4) Administrativo Jefe de Juzgado de Letras del Trabajo
de capital de provincia, grado XII del Escalafón de
Empleados del Poder Judicial.
5) Administrativo 1° de Juzgado de Letras del Trabajo
de asiento de Corte, grado XII del Escalafón de Empleados
del Poder Judicial.
6) Administrativo 1° de Juzgado de Letras del Trabajo
de capital de provincia, grado XIII del Escalafón de
Empleados del Poder Judicial.
7) Administrativo 2° de Juzgado de Letras del Trabajo
de asiento de Corte, grado XIII del Escalafón de Empleados
del Poder Judicial.
8) Administrativo 2° de Juzgado de Letras del Trabajo
de capital de provincia, grado XIV del Escalafón de
Empleados del Poder Judicial.
9) Administrativo 3° de Juzgado de Letras del Trabajo
de asiento de Corte, grado XIV del Escalafón de Empleados
del Poder Judicial.
10) Administrativo 3° de Juzgado de Letras del Trabajo
de capital de provincia, grado XV del Escalafón de
Empleados del Poder Judicial.
11) Ayudante de servicios de Juzgado de Letras del
Trabajo de asiento de Corte, grado XVI del Escalafón de
Empleados del Poder Judicial.
12) Ayudante de servicios de Juzgado de Letras del
Trabajo de capital de provincia, grado XVII del Escalafón
de Empleados del Poder Judicial.
13) Auxiliar de Juzgado de Letras del Trabajo de
asiento de Corte, grado XVII del Escalafón de Empleados del
Poder Judicial.
14) Auxiliar de Juzgado de Letras del Trabajo de
capital de provincia, grado XVIII del Escalafón de
Empleados del Poder Judicial.