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Artículo 5 de la Ley 3.280

Lei núm. 3,280, que autoriza a los alcaldes de rancagua i puerto montt para que en la fecha que se determina procedan a efectuar el sorteo que señala la lei núm. 3,165 para elejir los contribuyentes que deben nombrar sus representantes que integren la junta clasificadora de patentes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23861 / 8276144.

Texto oficial

Art. 5.° El plazo para reclamar de los avalúos será el mismo fijado en el art. 20 de la lei número 3,165 i las resoluciones de las Cortes de Apelaciones respectivas deberán dictarse dentro de los treinta dias siguientes a la fecha de presentación del reclamo.