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Artículo 6 de la Ley 3.280

Lei núm. 3,280, que autoriza a los alcaldes de rancagua i puerto montt para que en la fecha que se determina procedan a efectuar el sorteo que señala la lei núm. 3,165 para elejir los contribuyentes que deben nombrar sus representantes que integren la junta clasificadora de patentes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23861 / 8276145.

Texto oficial

Art. 6.° El pago de las patentes correspondientes al presente año, en los territorios municipales de Rancagua i Puerto Montt, se hará en las Tesorerías Municipales en el mes de Diciembre próximo.