Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 3.285 · Lei num. 3,285, que concede suplementos para la camara de diputados.

Lei num. 3,285, que concede suplementos para la camara de diputados.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23864 / 8276154.

Texto oficial

Art. 3.° Se autoriza al Presidente de la República para invertir la suma de seis mil setecientos siete pesos, cincuenta centavos ($ 6,707.50) en pagar a la Sociedad Imprenta i Litografía Barcelona el valor de la factura a que se refiere el decreto número 1,729 del Ministerio del Interior, de fecha 8 de Mayo de 1917, por diversas impresiones hechas en 1916 para la Cámara de Diputados.