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Artículo 2 de la Ley 3.293

Lei núm. 3,293, que concede gratificacion a algunos;miembros del personal diplomático i consular.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23872 / 8276168.

Texto oficial

Art. 2.° Autorízase al Presidente de la República para invertir las sumas que fueren necesarias, en el pago, durante el presente año, a contar desde el 1.° de Octubre, de una asignacion especial a los funcionarios ad-honorem en Europa equivalente al treinta por ciento de los sueldos que les corresponderia percibir si tales puestos estuvieren actualmente rentados.