Saltar al contenido

Artículo 67 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley de hacienda nº 213, de 1953, sobre ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 238919 / 8666149.

Texto oficial

Artículo 67.- En la importación de mercancías sujetas al cumplimiento de reglas de origen, el importador DFL Hacienda 1/97 deberá acreditar el origen de acuerdo a los requisitos y Art. 74 exigencias que establezcan los ordenamientos aplicables, conforme a lo dispuesto en el artículo anterior. Al Servicio Nacional de Aduanas corresponderá fiscalizar el cumplimiento de las reglas de origen, y en especial que se observen los requisitos y exigencias prescritos.