Texto oficial
Artículo 144.- Las mercancías entregadas a la Aduana DFL Hacienda 1/97
por los interesados por cese de la condición o término del Art. 151
plazo de la franquicia, como en el caso del régimen de
admisión temporal, estarán sujetas a los plazos y tarifas
de almacenamiento que les correspondan.