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Artículo 208 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley de hacienda nº 213, de 1953, sobre ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 238919 / 8666316.

Texto oficial

Artículo 208.- El Servicio de Aduanas llevará DL 743/74 Art. 1º registros individuales, en los que consten los DFL Hacienda nombramientos, renuncias, sanciones, licencias, cauciones y 329/79 Art. 4º demás información que sea necesaria o conveniente para Nº 27 apreciar la labor y la idoneidad de los despachadores y Ley 19.479 apoderados especiales de Aduana. Art. 17 f)