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Artículo 15 de la Ley 20.027 · Establece normas para el financiamiento de estudios de educacion superior

Establece normas para el financiamiento de estudios de educacion superior

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 239034 / 8089946.

Texto oficial

Artículo 15.- En el caso de que una institución de educación superior incumpla el pago de sus obligaciones por garantía académica, quedará excluida del sistema de créditos con garantía estatal hasta que se ponga al día en la manera que lo estipule el reglamento, sin perjuicio de las acciones legales que corresponda.