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Artículo 2 de la Ley 3.387

Lei num. 3,387, que concede una gratificacion al personal del ejercito i de la armada que presta sus servicios en el territorio de magallanes.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23942 / 5955765.

Texto oficial

Art. 2.° El mayor gasto que importe durante el presente año el cumplimiento de esta lei, se deducirá del producto de la venta o arrendamiento de tierras fiscales en el territorio de Magallánes.