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Artículo 20 de la Ley 3.390

Lei num. 3,390, que modifica la lei de organización de los tribunales i reforma diversos articulos del código de procedimiento civil.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23945 / 9007655.

Texto oficial

Art. 20. Antes del 15 de Febrero de cada año, los presidentes de las Cortes de Apelaciones enviarán al Presidente de la Corte Suprema la estadística completa del movimiento de causas i demas negocios de que conozca el Tribunal. Esta estadística contendrá los datos enumerados en el artículo 25.