Texto oficial
Art. 21. Es aplicable a las Cortes de Apelaciones lo
dispuesto en el artículo 4.° de la presente lei.
Lei num. 3,390, que modifica la lei de organización de los tribunales i reforma diversos articulos del código de procedimiento civil.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23945 / 9007656.