Texto oficial
Artículo 4º.- El personal de los Servicios
Administrativos de los Gobiernos Regionales podrá acceder
al programa especial de becas Presidente de la República
para estudios de post grado en universidades chilenas,
conforme a lo dispuesto en el artículo 27 de la ley
Nº19.595, en las mismas condiciones establecidas en dicha
norma.