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Artículo 2 de la Ley 3.435

Lei núm. 3.435, que autoriza obras de pavimentacion con el sobrante del uno por mil adicional sobre el impuesto de haberes establecido por la lei núm. 2.324

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23967 / 8276290.

Texto oficial

Art. 2.° Derógase el inciso tercero del artículo segundo; el artículo tercero i el inciso tercero del artículo cuarto de la lei número 2,324, de 18 de Julio de 1910.