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Artículo SEXTO de Auto Acordado 6

Auto acordado nº 6/2005

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 240000 / 6532733.

Texto oficial

Sexto: La Subsecretaría de Telecomunicaciones y el Consejo Nacional de Televisión deberán remitir a este Tribunal, en forma semestral, la siguiente información relativa a las concesiones de radiodifusión sonora y televisiva vigentes, y sobre la disponibilidad de frecuencias para el otorgamiento de concesiones adicionales, en cada área geográfica: 1) Respecto de cada concesión vigente: individualización del titular, tipo de emisión y zona de servicio, explicitando las comunas y/o localidades comprendidas en la misma, según corresponda; y, 2) Respecto de la disponibilidad de frecuencias para concesiones adicionales: la cantidad de concesiones, clasificadas por tipo de emisión, susceptibles de ser otorgadas por comunas y/o localidades, según corresponda.