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Artículo 28 de la Ley 3.482

Ley 3.482

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24005 / 9113444.

Texto oficial

Art. 28. Las estampillas deberán ser impresas con tinta que no sea indeleble.