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Artículo 2 de la Ley 20.034 · Fusiona los escalafones femeninos y masculinos, de oficiales de carabineros de chile

Fusiona los escalafones femeninos y masculinos, de oficiales de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 240066 / 8131141.

Texto oficial

Artículo 2º.- Agrégase, en el Título I, Personal de Nombramiento Supremo, subtítulo A, Oficiales de Fila, del artículo 1º de la ley Nº 18.291, a continuación del número 2, Escalafón Femenino de Orden y Seguridad (E.F.), la frase "(en extinción)".