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Artículo 2 de la Ley 3.485

Lei num. 3,485, que concede fondos para el pago de gastos de secretaria de la camara de diputados.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24007 · idParte: 8276355

Texto oficial

Art. 2.° Autorízase al Presidente de la República para invertir la suma de veinticinco mil cuatrocientos noventa i cinco pesos, cincuenta centavos ($ 25,495.50) en pagar a la Imprenta i Litografía Barcelona, las facturas que tienen el visto bueno de la Secretaría de la Cámara i que se le han quedado adeudando del contrato de publicacion del Boletin de Sesi�nes i otras impresiones de la Cámara de Diputados.