Texto oficial
Artículo 6.o- El rendimiento de los impuestos a que se
refiere el artículo anterior se invertirá en el servicio
del o los préstamos autorizados, pero la Municipalidad de
Talcahuano podrá girar con cargo al rendimiento para su
inversión directa en las obras a que se refiere el
artículo 3.o en el caso de no contrastarse el o los
préstamos. Podrá, asimismo, destinar a dichas obras, el
excedente que pudiera producirse entre esos recursos y el
servicio de la deuda en el caso de que ésta se contrajere
por un monto inferir al autorizado.