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Artículo 10 de la Ley 15.209 · Autoriza a la municipalidad de talcahuano para contratar uno o mas prestamos

Autoriza a la municipalidad de talcahuano para contratar uno o mas prestamos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 240298 / 8372885.

Texto oficial

Artículo 10.o- La Municipalidad deberá publicar en la primera quincena del mes de Enero de cada año, en un diario o periódico de la localidad o de la cabecera de la provincia, si allí no lo hubiere, un estado del servicio del o los empréstitos y de las inversiones hechas de acuerdo con el plan contemplado en el artículo 3.o de la presente ley.