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Artículo 3 transitorio de la Ley 20.032 · Regula el régimen de aportes financieros del estado a los colaboradores acreditados

Regula el régimen de aportes financieros del estado a los colaboradores acreditados

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 240374 · idParte: 7321900

Texto oficial

Artículo 3º.- Durante los tres primeros años de vigencia de esta ley, los llamados a licitación, la selección de proyectos y el consiguiente pago de la subvención de acuerdo a los valores fijados en esta ley se aplicará gradual y progresivamente, en la siguiente forma: 1) Año 2005, para la línea Centros Residenciales; 2) Año 2006, para la línea Oficinas de Protección de Derechos, y 3) Año 2007, para las demás líneas de acción. Sin perjuicio de la progresión dispuesta en el presente artículo, el procedimiento de selección, valor de la subvención y forma de pago de cualquier proyecto que se inicie después de la entrada en vigencia de la presente ley, cualquiera sea la línea de acción de que se trate, deberá sujetarse a las disposiciones contenidas en ella.