Texto oficial
Artículo 1.o La Tesorería Fiscal de Antofagasta entregará a la Municipalidad de esa comuna el sobrante que ha quedado de las contribuciones y entradas afectas al servicio del empréstito autorizado por la lei de 8 de febrero de 1914; y seguirá entregándole hasta el 31 de diciembre de 1920, los sobrantes que vayan quedando despues de deducidos los valores exactos que correspondan por intereses y amortizacion de dicho empréstito y por otros gastos contemplados en la lei citada.