Texto oficial
Artículo 20.- Los plazos a que se refiere el presente
reglamento serán de días hábiles en los términos
señalados en el artículo 25 de la ley N° 19.880 y serán
improrrogables.
Reglamento sobre parques marinos y reservas marinas de la ley general de pesca y acuicultura
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 240807 / 6535499.